30 de julio de 2014

VEHÍCULOS INMOVILIZADOS QUE NO SE RECLAMEN ANTES DE UN AÑO SERÁN VENDIDOS



El Gobierno acaba de sancionar la Ley 1730, que modifica el artículo 128 del Código Nacional de Tránsito (Ley 769 del 2002), para establecer nuevas reglas sobre la disposición de vehículos inmovilizados.

De acuerdo con la nueva norma, las autoridades de tránsito deberán publicar el listado de vehículos inmovilizados desde hace un año, para que, dentro de los 15 días hábiles siguientes a la publicación, los interesados se presenten a subsanar la causa que dio lugar al hecho y cancelen lo adeudado por parqueadero y/o grúa.


1 de julio de 2014

VACANTES DE TRABAJO TENDRÁN QUE SER REGISTRADAS DESDE HOY EN EL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO.

La medida ofrece beneficios tanto a quienes buscan trabajo como a quienes lo ofrecen.
Los trabajadores contarán con información permanente de las vacantes y perfiles disponibles en cualquier parte del país, así como con la asesoría y capacitación para acceder a las nuevas oportunidades laborales.

Los empleadores recibirán servicios de orientación, preselección y remisión del talento humano capacitado.
El Servicio Público de Empleo es una iniciativa del Gobierno Nacional que funciona desde el 1° de mayo de 2013 con la misión de lograr la mejor organización del mercado de trabajo facilitando el encuentro entre oferta y demanda laboral.
Hoy el país cuenta con 237 puntos de atención del Servicio Público de Empleo en 78 municipios.
Bogotá, julio 1° de 2014. Todos los empleadores del país, tendrán que registrar a partir de hoy 1° de julio sus vacantes en el Servicio Público de Empleo, SPE, anunció el Ministerio del Trabajo, que recordó los lineamientos que en ese sentido establecen la Ley 1636 del año pasado y su decreto reglamentario, el 2852 de 2013, acerca del trámite de registro de vacantes.
Los empleadores deben hacer el registro de sus empresas y de sus vacantes ante un Prestador de Servicio Autorizado escogiéndolo a través de www.serviciodeempleo.gov.co/puntosdeatencion y así recibir atención personalizada. Una vez registrado en la plataforma, el empleador o empresario recibirá un usuario y contraseña con los cuales podrá publicar y hacer seguimiento a sus vacantes. Si no se puede acercar a un Prestador de Servicio Autorizado, podrá recibir atención marcando desde cualquier celular a la línea gratuita 120 del Centro de Atención y Orientación –COLABORA- del Ministerio del Trabajo o a través de internet ingresando a www.serviciodeempleo.gov.co
Los diferentes Prestadores de Servicio Autorizados como las Cajas de Compensación Familiar, el SENA, las Alcaldías, las Gobernaciones y los prestadores privados de empleo, le brindarán a los empleadores servicios de orientación, preselección y remisión del talento humano, lo que permite la reducción de costos y tiempos de contratación para el empleador, aumento de productividad y competitividad al contratar el personal idóneo así como asesoría en otros temas relacionados con la gestión del personal. Los Prestadores reportarán el registro de vacantes que realicen diariamente al Sistema de Información del Servicio Público de Empleo, lo cual permitirá hacer seguimiento al cumplimiento de esta obligación por parte de las empresas.
"Es una gran oportunidad que se abre hoy para los empleadores. El Servicio Público de Empleo ha venido desarrollándose de manera progresiva, primero, con la instrumentación de los operadores, la inscripción de las hojas de vida y ahora le ofrece a los empleadores la opción de registrar las vacantes que tengan disponibles y así conocer en el mercado laboral qué plazas de trabajo están libres", señaló el viceministro de empleo y pensiones, Juan Carlos Cortés.
"El propósito de esta medida es garantizar el derecho al trabajo que tienen todos los colombianos permitiéndoles acceder a las oportunidades laborales que hay en su ciudad y en el país de manera democrática y sin la necesidad de una palanca. El conocer las vacantes y los perfiles laborales que demandan las empresas nos da la posibilidad de orientar mejor la formación para el trabajo y las políticas públicas de educación. Es importante aclarar que los empleadores no están obligados a contratar a las personas que le sean remitidas desde los Centros de Empleo, ellos siempre podrán escoger libremente sus trabajadores; sin embargo estamos seguros que a través del SPE encontrarán mejor personal con mejores competencias y habilidades" aseguró Luis Ernesto Gómez, director del Servicio Público de Empleo.
Así mismo, precisó el Viceministro de Empleo y Pensiones: "En la fase inicial se va a tener un proceso pedagógico entre el 1° de julio y el 31 de octubre de 2014. Hoy tenemos registrados 400 mil empresas, de ellas, 30 mil están usando activamente el Servicio Público de Empleo, lo cual quiere decir que están buscando proveer sus vacantes a través de éste. Esperamos que en los próximos meses sean 100 mil las empresas que usen esta nueva plataforma gratuita".
Durante este periodo se trabajará con los empleadores explicándoles la medida, presentándoles los servicios de gestión de talento humano gratuitos a los que tienen derecho, de igual manera se hará seguimiento por parte de la Unidad del Servicio de Empleo para evaluar la necesidad de imponer sanciones.
DATO
Durante este primer año de funcionamiento del Servicio Público de Empleo –SPE- se encuentran registrados cerca de 30 mil empleadores que han publicado cerca de 306 mil vacantes, permitiendo que aproximadamente 173 mil colombianos encontrar un trabajo.
FUENTE: PORTAL MINISTERIO DE TRABAJO